Preguntas

Las preguntas que más nos hacen.

Respuestas directas sobre honorarios, plazos, regulación y cómo trabaja el despacho. Si la suya no está aquí, pregúntenos directamente.

¿Cuánto cuesta?

Nuestros honorarios de asesoramiento son un precio fijo acordado antes de empezar cualquier trabajo, así que conoce el total por adelantado: sin facturación por horas y sin sorpresas.
La tasa de solicitud del Home Office y cualquier recargo sanitario (NHS surcharge) van aparte y se pagan directamente a ellos.
La cifra exacta depende de la vía, por eso se le entrega por escrito al final de su primera evaluación.

¿Cuánto tardará mi solicitud?

Corren dos relojes distintos. El nuestro: la mayoría de las solicitudes están listas para presentar entre dos y cuatro semanas después de que usted nos envíe la documentación.
El del Home Office: los plazos publicados varían según la vía y cambian con frecuencia, y en algunas hay servicios prioritarios disponibles.
Un asesor puede darle la cifra vigente para su vía concreta, en lugar de una media.

¿Están registrados, y cómo puedo comprobarlo?

Estamos registrados en la Immigration Advice Authority, el regulador británico del asesoramiento en inmigración. En el Reino Unido solo pueden dar asesoramiento en inmigración los asesores registrados o los abogados cualificados: hacerlo sin estarlo es un delito.
Nuestro número de registro aparece en todas las páginas de este sitio y puede verificarlo de forma independiente en el registro de GOV.UK.

¿En qué idiomas pueden asesorarme?

Asesoramos en inglés, portugués y español, y este sitio está disponible en los tres idiomas — el selector está en la parte superior de todas las páginas. Puede llevar todo su caso en el idioma con el que se sienta más cómodo. En un asunto de inmigración eso no es un detalle; malinterpretar una pregunta es como se cometen errores evitables.

¿Tienen oficina, o todo es en línea?

El despacho es totalmente en línea. Las consultas se hacen por videollamada o por teléfono, los documentos se comparten de forma segura y nada le obliga a desplazarse.
Es deliberado: significa que podemos actuar para personas que ya están en el Reino Unido y para quienes solicitan desde el extranjero exactamente en las mismas condiciones.

Me han denegado la solicitud. ¿Puedo hacer algo?

Una denegación no es necesariamente el final del asunto. Lo que importa es el motivo que consta en la carta de resolución: algunos fundamentos apuntan a un recurso o a una revisión administrativa, otros a una nueva solicitud que corrija lo que faltaba.
Traiga la carta de resolución a una primera evaluación. Leer la redacción exacta es la única forma de saber cuál de esas opciones le corresponde.

¿Qué documentos tendré que aportar?

Depende de la vía, pero casi todas las solicitudes necesitan prueba de identidad, prueba de su historial migratorio y pruebas de aquello que la vía examine en concreto: ingresos, relación, estudios o residencia.
Recibe una lista de comprobación hecha para su caso, no una lista genérica, para que no reúna papeles que nadie va a leer.

Su caso no es una pregunta general.

Estas respuestas son ciertas en general, y ese es justamente su límite. Una consulta de £50 le dice cuál es realmente su situación, y el importe se deduce de sus costes si sigue adelante.

Reservar Consulta Virtual Visados